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Alcoholemías Valencia

por | Sep 12, 2022 | 0 Comentarios

Somos abogados especialistas en Alcoholemías en Valencia.

Su mejor defensa penal en alcoholemías en Valencia .

art. 379 del Código Penal:

1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Abogados alcoholemías Valencia

 

Es imprescindible estar bien asesorado en el juzgado de guardia con abogados con amplia experiencia para estudiar si lo mejor es  ir a juicio ante el Juzgado de lo Penal, porque en ocasiones puede suponer un aumento de las penas.

En algunos supuestos- en el que la declaración de inocencia aparezca como poco probable-  puede ser preferible pactar con el Ministerio Fiscal  una pena mínima y lograr las reducciones de un tercio en las penas a aplicar.

Muchas  veces una pena de multa mínima y una retirada del carnet de tan solo ocho meses pude ser la mejor alternativa.

En despacho de abogados Valencia le asesoraremos sobre que decisión tomar basándose   fundamentalmente en:

-los resultados de las pruebas de verificación del alcohol ingerido ( etilómetros)

– resultados pruebas consumo sustancias estupefacientes.

-y los síntomas externos que reflejen en el atestado las fuerzas de  seguridad sobre  la persona sometida al control de alcoholemia. ( ojos, aliento, deambulación, comportamiento, expresión, etc..)

Si quiere que nuestro trabajo sea efectivo llámenos para intervenir en las primeras diligencias judiciales, de otra forma tal vez sea demasiado tarde y nuestra intervención no sea tan efectiva.

NOS AVALAN  MÁS DE 20 AÑOS DE EXPERIENCIA en la defensa de los intereses de nuestros clientes.

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